Se promulgó la emergencia y ya rige el impuesto del 30% al dólar
¿A qué operaciones aplica el denominado dólar turista? y otros detalles de la Ley de Solidaridad.
Tras la aprobación en el Congreso, la ley de Solidaridad Social finalmente fue publicada en el Boletín Oficial. Entre los puntos más salientes, la norma reasigna partidas para incentivar el consumo, suspende la movilidad jubilatoria por 180 días, modifica el esquema de derechos de exportación y estipula una serie de reformas en materia impositiva. En este último punto se destaca el regreso de un impuesto del 30% para la compra de dólar ahorro y para gastos en dólares en el exterior por los próximos de cinco años.
De esta manera, se establece un gravamen para la compra de dólares para atesoramiento respetando el límite de 200 dólares mensuales ya fijado por el Gobierno de Macri. El impuesto del 30% también correrá para los gastos con tarjetas de crédito en el exterior. Vale recordar que el impuesto, denominado "para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), no alcanza a aquellas compras de dólares o gastos en divisa extranjera que hayan sido efectuados antes de la entrada en vigencia de la ley.Tampoco afecta a viajes que se realicen a ciudades terrestres fronterizas.
Lo recaudado por este impuesto se destinará en un 67% al financiamiento de los programas de la ANSES. Un 3% se destinará a la creación de un Fondo solidario de competitividad agroindustrial para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos para la producción. El restante 30% se destinará a solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso RENABAP y fomentar el desarrollo del turismo local.
Ya está publicada la edición del 23/12/2019 del Boletín Oficial de la República Argentina.
— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial)
Podes visualizarla en https://t.co/5HF1BTW1PQDecember 23, 2019
¿A qué operaciones aplica el denominado dólar turista?
Según la norma publicada, el impuesto se aplica a cinco tipo de operaciones:
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico efectuada por residentes en el país.
- Pago de bienes o servicios en el exterior mediante tarjetas de crédito, de compra y débito o cualquier otro medio de pago que determine la reglamentación, incluidas aquellas hechas mediante plataformas como por ejemplo Netflix, Spotify o Amazon.
- También las extracciones de dinero en el exterior.
- Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en la Argentina.
- Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país. Compra de pasajes terrestres, aéreos o por vía acuática al exterior del país, en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado de cambio para adquirir divisas.